• Solicitar la denominación social al Registro Mercantil Central, en que se comprueba que el nombre existente no está duplicado y no comporta ninguna confusión con otras sociedades existentes.
  • Abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa, con la aportación del capital social. Hay que obtener un certificado del banco conforme se ha realizado la aportación.
  • Redactar los Estatutos Sociales. En este documento se recogerán todos los preceptos que regirán el funcionamiento interno de la sociedad, desde los derechos y obligaciones de los accionistas hasta las funciones del consejo de administración.
  • Realizar la escritura pública de constitución de la sociedad ante el notario.
  • Obtener el número de identificación fiscal (NIF).
  • Hacer la declaración censal a Hacienda de inicio de actividad, indicando cuales son las obligaciones de la sociedad.
  • Inscribir la sociedad al registro mercantil.
  • Obtener el CIF definitivo.