Esta mañana, del 28 de diciembre de 2022, se ha publicado en el BOE todas las novedades aprobadas en el último consejo de ministros del año. A continuación, podéis encontrar un resumen por apartados:

El Impuesto de Sociedades, para aquellas empresas que el ejercicio impositivo anterior hayan tenido una cifra de negocios inferior a 1.000.000€, pasará del 25% al 23%.

A partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2023, se modifica tipo de IVA aplicable a los productos básicos de alimentación (pan común, harinas, leche animal, huevos, quesos, fruta, verdura, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales), que pasan del 4% al 0%. Al mismo tiempo, también se modifica el tipo aplicable al aceite y a la pasta alimentaria, que pasa del 10% al 5%.

Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 la aplicación del 5% de tipos de IVA de la factura eléctrica (siempre y cuando la potencia contratada sea igual o inferior a 10kW), aparte de los componentes de la factura de gas natural, en los pellets de biomasa o en la madera para leña. Además, para el caso de la bombona de butano, se limita a un precio máximo de 19,55€ hasta el 30 de junio de 2023.

Para todos los contratos de alquiler que finalicen antes del 30 de junio de 2023, los inquilinos podrán solicitar una prórroga del contrato de hasta 6 meses en las mismas condiciones. El propietario está obligado a aceptar la prórroga, excepto si se había hecho un pacto previo diferente o si se ha comunicado y justificado que el uso de la vivienda será para un familiar directo.

Al mismo tiempo, para todos aquellos contratos de alquiler que se incrementen con el IPC:

  • En caso de que el propietario sea un gran tenedor (más de 10 inmuebles o 1.500m2): el incremento máximo deberá ser del 2%.
  • En caso de que el propietario no sea gran tenedor: se podrá pactar un incremento libre entre las partes, pero en caso de que no haya acuerdo, tendrá que ser máximo del 2%.

Se mantiene la suspensión de los desahucios para personas vulnerables sin alternativas en algunas situaciones hasta el próximo 30 de junio de 2023.

Se mantiene durante 2023 la subida del 15% de las pensiones no contributivas y del Ingreso Mínimo Vital.

El resto de pensiones, que se incrementan según el IPC, tendrán un incremento del 8,5%.

Los tipos de interés legal del dinero pasa del 3% al 3,25%, y en consecuencia hace modificar también el interés de demora que se aplica a los aplazamientos tributarios, que pasa del 3,75% al 4,0625%.

A partir del 15 de febrero y hasta el 31 de marzo, los asalariados, autónomos (que no tengan una sociedad) y desempleados podrán solicitar una solicitud. ayuda de 200€, siempre que los ingresos de 2022 de todos los familiares convivientes a 31 de diciembre de 2022 (parejas y ascendientes hasta 2º grado) sean inferiores a 27.000€ (aparte de tener un patrimonio inferior a los 75.000€).

Se elimina la bonificación de los 0,20€ por litro de gasolina de forma genérica a partir del 31 de diciembre, y quedará únicamente para:

  • Los agricultores y ganaderos, que se tramitará conjuntamente con la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos.
  • Para quien se dedique al transporte por carretera, que será de 0,20€/L hasta el 31 de marzo de 2023 y de 0,10€/L entre abril y junio 2023, que también se tramitará conjuntamente con la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos.

Para los transportistas que no tengan derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos, se podrá optar a una subvención directa por tipo de vehículo: taxis, VTC, transporte de mercancías, mudanzas, ambulancias y autobuses, de entre 300€ y 3.690€ y que se podrán solicitar entre el 1 de abril y el 31 de mayo.

  • Se prorroga la medida vigente hasta la fecha de bonificación del transporte público, con algunas pequeñas modificaciones en las condiciones, que próximamente se irán desarrollando.
  • Se mantiene el tipo del 4% para las mascarillas quirúrgicas hasta el próximo 30 de junio.

A partir de 2023, se modifica el sistema de cotizaciones y de cuotas de autónomo. Para más información haz clic aquí.