Todas las empresas están obligadas a presentar las Cuenta Anuales. Desde el 24 de abril de 2023 la falta de presentación de las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil tiene varias consecuencias. La más destacada es la revocación del NIF por el incumplimiento de presentar las cuentas anuales durante 4 ejercicios consecutivos.

La revocación del NIF quiere decir el bloqueo total de la sociedad, que tiene, por ejemplo, las siguientes consecuencias:

  • Privación de efectuar operaciones bancarias.
  • Imposibilidad de otorgar escrituras u otra documentación ante un notario.
  • Imposibilidad de obtener certificados tributarios.
  • Incapacidad de inscribir bienes o derechos en cualquier registro público.

Además, esta revocación podría ir acompañada de sanciones por la propia no presentación.

En caso de esta revocación del NIF, el proceso para restaurarlo es posible, pero largo y tedioso, por ello recomendamos no llegar a esta situación y presentar al día las cuentas anuales en el Registro Mercantil.