El pasado día 2 de agosto entró en vigor el nuevo decreto ley de ahorro energético decretado por el estado español, que afecta la administración publica y edificios y locales del ámbito del sector terciario, consiste en:

  • Cambio en la limitación de la temperatura y humedad:
    • Cuando se trate de aire refrigerante, la temperatura máxima será de 27° (hasta ahora era 26°).
    • Cuando se trate de calefacción, la temperatura máxima será de 19° (hasta ahora era 21°).
    • La humedad relativa tiene que estar entre el 30% y el 70%.

Estas limitaciones variarán en los casos necesarios para cumplir la normativa de seguridad y salud laboral, que es la siguiente:

    • Los espacios donde los trabajadores realizan trabajos sedentarios, la temperatura del espacio tendrá que estar entre 17° y 27°.
    • Los espacios donde los trabajadores están en movimiento, la temperatura del espacio tendrá que estar entre 14° y 25°.
    • Hay que tener en cuenta que cada convenio colectivo puede modificar las condiciones ambientales de trabajo.
  • Obligación de tener sistemas de cierres de puertas (automáticos o manuales), en aquellos espacios que estén climatizados.
  • Obligación de tener carteles o pantallas de forma visible que informen de la temperatura en cada momento.
  • La luz de los escaparates tendrá que permanecer apagada a partir de las 22:*00h, a excepción que se trate de alumbrado de vigilancia o seguridad o bien que se trate de alumbrado festivo o navideño.