Se ha publicado al BOE, en fecha de 27/07/2022 las nuevas cuotas de autónomos, estas fijan las cantidades que pagarán los autónomos durante 3 años de transición (2023-2025) y a partir del 2026 según su tramo de ingresos netos.

Resolvemos a continuación como se aplica este nuevo Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA):

Cambios importantes que destacar con relación a las cotizaciones anteriores:

  • Los autónomos con rendimientos anuales más bajos tenderán a pagar menos, porque la base bajará de una cuota mínima de 293,94€ a una cuota mínima de 230€.
  • Los autónomos con rendimientos intermedios se mantendrán en cuotas parecidas a las que pagaban hasta ahora.
  • Los autónomos con rendimientos más altos tenderán a aumentar su cotización mínima hasta 590€ el 2025.

Os exponemos a continuación la tabla de transición de las cuotas (calculadas según las bases mínimas de cada tramo):

2023
 TRAMOSRENDIMENTOS

ANUALES

NETOS

BASE MÍNIMACUOTA MÍNIMABASE MÁXIMACUOTA MÁXIMA
TABLA REDUCIDA
1Inferiores a 670€751,63 €230 €/mes849,66  €260 €/mes
2Entre 670€ hasta 900€849,67 €260 €/mes900,00 €275,40 €/mes
3Entre 900€ y 1.166,70€898,69 €275 €/mes1.166,70 €357,07 €/mes
TABLA GENERAL
1Entre 1,166,70€ y 1.300€950,98 €291 €/mes1.300,00 €397,80 €/mes
2Entre 1.300€ y 1.500€960,78 €294 €/mes1.500,00 €459,00 €/mes
3Entre 1.500€ y 1.700€960,78 €294 €/mes1.700,00€520,20 €/mes
4Entre 1.700€ y 1.850€1.013,07 €310 €/mes1.850,00 €566,10 €/mes
5Entre 1.850€ y 2.030€1.029,41 €315 €/mes2.030,00 €621,18 €/mes
6Entre 2.030€ y 2.330€1.045,75 €320 €/mes2.330,00 €712,98 €/mes
7Entre 2.330€ y 2.760€1.078,43  €330 €/mes2.760,00 €844,56 €/mes
8Entre 2.760€ y 3.190€1.143,79 €350 €/mes3.190,00 €976,14 €/mes
9Entre 3.190€ y 3.620€1.209,15 €370 €/mes3.620,00 €1.107,72 €/mes
10Entre 3.620€ y 4.050€1.274,51 €390 €/mes4.050,00 €1.239,30 €/mes
11Entre 4.050€ y 6.000€1.372,55 €420 €/mes4.139,40 €1.266,66 €/mes
12Més de 6.000€1.633,99 €500 €/mes4.139,40 €1.266,66 €/mes

Nueva cuota reducida:

Aquellos trabajadores por cuenta ajena que inicien una actividad por cuenta propia por primera vez en su vida, o bien, no hubieran estado en alta de autónomo en los dos últimos años (y no hubieran tenido bonificación aplicada, si hubieran tenido bonificación tendrían que pasar 3 años) pagarán 80€/más el primer año, prorrogable a 12 meses si tienen ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (1.000€/mes).

¿Cómo se calculan las cuotas a partir de las bases?

Las bases de cotización vienen determinadas por el tramo al cual se pertenece según los rendimientos netos obtenidos en cada año natural. Estos rendimientos tendrán que quedar comprendidos entre la base de cotización mínima y una máxima aprobadas en la ley de presupuestos generales del Estado.

¿Cómo puede saber un autónomo en qué tramo está posicionado?

A principios de año o cuando un autónomo se dé de alta tendrá que comunicar la previsión de ingresos anuales, para posicionarse en uno de los 15 tramos. Esta estimación inicial se regularizará con los rendimientos netos* con la Declaración de la Renta.

Las bases de cotización mensuales escogidas dentro de cada año tendrán carácter de provisional, hasta que se proceda a su regularización, una vez hecha la declaración de la renta.

Si la estimación del autónomo fundido inferior a la real, se procederá a hacer una regularización sin ningún recargo, y si fuera a devolver, se hará de oficio por parte de la tesorería de la seguridad social.

*¿Qué se entiende por rendimientos netos?

Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos de todos los gastos producidos en el ejercicio de la actividad y necesarias para la obtención de los ingresos del autónomo. Sobre esta cuantía, se le aplicará adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% en el caso de autónomos societarios). El resultado serán los rendimientos netos y esta cifra es la que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.

¿Se pueden cambiar las bases de cotización?

Sí, se podrán cambiar CADA DOS MESES.