El modelo 720 es una declaración al respecto de los bienes y de los derechos situados en el extranjero, a presentar entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Se declaran las cuentas corrientes en el extranjero, los valores, derechos, seguros y rentas depositadas en el extranjero, y los inmuebles situados en el extranjero. Las elevadas sanciones hacen que sea un modelo a tener muy en cuenta y que puede acarrear graves consecuencias.

Dinero, inversiones e inmuebles en el extranjero. Modelo 720

¿Qué es el modelo 720?

El modelo 720 es una declaración al respecto de los bienes y de los derechos situados en el extranjero. Es una declaración tributaria de carácter informativo, es decir, de la que no resulta ningún importe a ingresar. Están obligadas a presentar el modelo 720 todas aquellas personas físicas o jurídicas residentes en territorio español, incluidos los establecimientos permanentes y también las comunidades de bienes, herencias yacentes y similares.

¿Cuál es el objetivo del modelo 720?

Este modelo 720, realmente, tiene 3 objetivos:

  • Informar al respecto de las cuentas corrientes en entidades financieras situadas en el extranjero.
  • Informar al respecto de valores, derechos, seguros y rentas depositadas, gestionadas u obtenidas en el extranjero.
  • Informar al respecto de inmuebles y derechos sobre inmuebles situados en el extranjero.

Siempre se deben declarar todos los bienes y derechos del extranjero?

No, se rigen por unas condiciones específicas, entre las más destacadas tenemos las siguientes:

  • Si la persona física o jurídica tiene los activos y movimientos contabilizados en sus balances, se exonera de presentar esta declaración.
  • Si es la primera vez que se declaran, cuando superen los 50.000 € de valor para cada una de las situaciones descritas anteriormente (cuentas corrientes; valores, derechos, seguros y rentas; e inmuebles).
  • Una vez ya se han declarado, hay que volver a declarar siempre que haya una variación superior a 20.000 €.

Estos importes descritos, son en relación a la valoración de cada uno de ellos, con independencia del número de titulares. Es decir, que en el ejemplo de una cuenta corriente con un importe de 60.000 € que es propiedad de 2 titulares, sería necesario que ambos presentaran el modelo 720.

Cuando se presentará el modelo 720?

El modelo 720 se presentará entre el 1 de enero y el 31 de marzo, siempre en referencia a los datos del año anterior.

¿Qué sanciones hay si el modelo 720 se presenta fuera de plazo o si no se presenta?

Aunque, como explicábamos anteriormente, se trata de una declaración informativa y no recaudatoria, las consecuencias de la falta de presentación o la presentación fuera de plazo pueden ser muy graves:

  • Cuando es requerido por la Administración:
    • Multa de 5.000 € para cada dato o conjunto de datos que se hubieran tenido que declarar, o declarados de forma incompleta, inexacta o falta, cuando sea requerido por la Administración, con un mínimo de 10.000 € por sanción.
    • Se deberá incluir estos importes no declarados como ganancia patrimonial no justificado en la Renta del último ejercicio no prescrito. Se establece una sanción específica del 150% de la cuota íntegra correspondientes a la ganancia patrimonial no justificado.
  • Cuando se regulariza por voluntad del contribuyente:
    • Multa de 100 € para cada dato o conjunto de datos que se declaren fuera de plazo, sin requerimiento previo de la Administración, con un mínimo de 1.500 € por sanción.
    • Se deberá incluir estos importes no declarados como ganancia patrimonial no justificado en la Renta del último ejercicio no prescrito, y liquidar el importe correspondiente al recargo por presentación extemporánea de la renta.

Por lo tanto, vistas cuáles pueden ser las consecuencias, no dudes en contactar con nosotros ante cualquier situación que se te plantee, y haremos el estudio correspondiente para poder tomar la mejor decisión.