BENEFICIARIOS: Personas físicas o jurídicas privadas, incluyendo comunidades de bienes, cooperativas de trabajo asociado y entidades sin ánimo de lucro, así como asociaciones y fundaciones.

La contratación se puede hacer a través de un contrato indefinido o temporal, con duración mínima de 12 meses. No incluyente dentro de la ayuda los contratos de relevo, interinidad, formación, aprendizaje o prácticas.

REQUISITOS:

  • Haber contratado personas desocupadas de 30 años o más, inscritas como demandantes de ocupación a la Oficina de Trabajo. Estas personas tienen que tener capacidad para formalizar un contrato de trabajo en el momento de su firma.
  • Contratar a personas en situación de desocupación de 45 años o más.
  • Contratar a personas desocupadas de 30 años o más, si son mujeres o personas desocupadas de larga duración (un mínimo de 12 meses, continuados o no, durante los últimos 18 meses).
  • Los nuevos trabajadores no pueden haber sido contratados por la misma persona o entidad solicitante en los 12 meses anteriores al contrato por el cual se pide la subvención.

IMPORTE DE LA AYUDA: Se establece una cuantía de una cuantía de 1.473,71 euros mensual y diario de 48,45 euros.

El periodo subvencionable se determina en función de la fecha de suscripción del contrato y tiene que ser como máximo de 12 meses. No se subvencionará el periodo de contrato que vaya más allá de 31 de diciembre de 2022.

CONVOCATORIA: hasta el 31 de marzo de 2022. Se otorgan las ayudas por orden de presentación.

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