AYUDA GENERALITAT: por actividades suspendidas + mantenimiento de contratos de trabajo

Ayuda de la Generalitat

QUIÉN PUEDE OPTAR A ESTA AYUDA?

La Generalitat ha aprobado una convocatoria de ayudas extraordinarias para las microempresas (que ocupen a menos de 10 trabajadores) y las personas trabajadoras autónomas con trabajadores.

EN QUÉ CONSISTE ESTA AYUDA EXTRAORDINARIA?

Las empresas que hayan visto suspendida su actividad por razón de la declaración del estado de alarma, podrán solicitar una ayuda equivalente al 50% del salario mínimo interprofesional del año 2020, durante 6 meses.

CONDICIONES

Las entidades beneficiarias deben mantener el 100% la plantilla que tenían en el momento en que se declaró el estado de alarma, como mínimo, durante los 12 meses siguientes al otorgamiento de la ayuda para el reinicio de la actividad.

CUANTÍA

La cuantía de la subvención es un módulo económico de 4.369,05 euros por trabajador de plantilla, con un máximo de tres trabajadores.

PLAZO DE PRESENTACIÓN PARA ACCEDER A LA AYUDA

Estará abierto hasta el 30 de septiembre de 2020 incluido.