Subvenciones y ayudas.
El Ministerio de Industria y Turismo ha planeado una nueva línea de ayuda para 2026 destinada a subvencionar la renovación de las instalaciones de hostelería para modelos más eficientes. Esta iniciativa busca reducir el consumo energético y los costes operativos, mejorando así la competitividad y modernización de los negocios de alojamiento y restauración.
BENEFICIARIOS
Personas físicas (autónomos) o personas jurídicas (empresas) que posean establecimientos de hostelería. Deben estar registrados en el censo de la AEAT con actividades como hoteles, apartamentos turísticos, zonas de acampada, restaurantes, catering o bares (CNAE 55.10, 55.20, 55.30, 55.90, 56.10, 56.21, 56.22 y 56.30).
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Renovación de maquinaria de cocina industrial, electrodomésticos profesionales, hornos, lavavajillas, cámaras frigoríficas, equipos de refrigeración, aire acondicionado, toldos y parasoles más eficientes. La sustitución debe necesariamente conducir a una reducción en el consumo energético.
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Equipo.
- Obras e instalaciones.
- Proyectos técnicos.
- Gestión de residuos (retirada de equipos antiguos y transporte).
- Gestión administrativa de la solicitud (hasta el 4% de la subvención) y justificación final (hasta el 7% de la subvención).
CUANTÍA DE LA AYUDA
- Presupuesto disponible: 15.000.000 de euros.
- Inversión mínima: 2.000 € por establecimiento.
- Inversión máxima: 11.000 € por establecimiento.
- Intensidad: Hasta el 100% del gasto elegible será subvencionado, respetando el régimen europeo de minimis (máximo de 300.000 € en ayuda en los últimos tres años).
CARACTERÍSTICAS
- Procedimiento de adjudicación: Competición no competitiva (orden de presentación).
- Periodo de ejecución: Los gastos deben incurrirse, facturarse y pagarse entre el 1 de enero y el 20 de octubre de 2026.
- Periodo de justificación: debe presentarse antes del 31 de octubre de 2026.
- Pago único: La subvención se cobra en un solo pago una vez que se ha justificado toda la inversión.
- Limitación: Solo se permite una solicitud por establecimiento, aunque una empresa puede solicitar varias para diferentes locales.
- Compatibilidad: Son compatibles con otras subvenciones para diferentes gastos, pero no para financiar el mismo equipo.
FECHA LÍMITE DE SOLICITUD APLICACIÓN
Desde el 5 de agosto a las 10:00 a.m. hasta el 30 de septiembre de 2026 a las 3 p.m. o hasta que se agote el presupuesto disponible.
El objetivo del programa TU+1 es fomentar que los autónomos o las sociedades limitadas individuales, sin trabajadores dependientes, contraten a personas indefinidamente. Lo explicamos en detalle a continuación:
Cuantía de la subvención
La subvención consiste en una cantidad de 22.320 euros por cada contrato permanente a tiempo completo.
¿Para quién es?
- A los trabajadores autónomos sin trabajadores asalariados dependientes.
- En sociedades limitadas unipersonales (SLU) sin empleados dependientes .
- A los trabajadores autónomos con uno o más autónomos colaboradores a su cargo, siempre que el nuevo contrato permanente no se formalice con estos autónomos colaboradores.
Para solicitar esta ayuda, el trabajador autónomo o la empresa debe haber estado activo al menos un año y no haber tenido empleados contratados en los últimos seis meses.
¿Qué características debería tener el contrato?
- Debe ser un contrato indefinido.
- El contrato debe mantenerse durante un mínimo de 18 meses desde la fecha de inicio del contrato.
- La persona contratada debe estar desempleada y registrada en el SOC como candidato desempleado (DONO) antes de formalizar el contrato.
- El día laborable debe ser al menos el 50% del día laborable establecido en el convenio colectivo aplicable o el día máximo legal de laboración. Si el contrato es a tiempo parcial, la cantidad de la subvención se reducirá proporcionalmente.
- El contrato debe formalizarse tras la presentación de la solicitud y dentro de un plazo máximo de 3 meses, contado desde el día siguiente a la decisión de la adjudicación. Este periodo no puede extenderse.
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
- La fecha límite termina el próximo miércoles, 29 de julio.
El Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú ha publicado una subvención para la apertura de establecimientos comerciales en locales cerrados. Aquí están los detalles más importantes:
Cuantía de la subvención
- Hasta 3.000 €.
- Para los costes de apertura y operación de la actividad (alquiler, suministros, servicios profesionales, acciones promocionales, etc.).
- Solo para los gastos incurridos desde la fecha de inicio de la beca.
¿Para quién es?
- Empresas y trabajadores autónomos que inician una actividad económica en un local comercial que ha estado cerrado durante un periodo mínimo de un mes o en traslado para evitar el cierre.
- Aplicable solo a locales situados en: Plaça de les Neus, Carrer Sant Gregori, Plaça de les Cols, Carrer dels Caputxins, Plaça dels Cotxes, Carrer Sant Sebastià, Carrer del Col·legi, Plaça Soler i Gustems, Carrer de la Llibertat, Carrer de l’Almirall Colom y Rambla Principal.
Requisitos:
- Compromiso con la apertura dentro de los 6 meses posteriores a la aceptación de la subvención.
- La superficie del local debe ser igual o mayor a 200m2 y situarse en una planta baja.
- Ten un contrato de alquiler firmado o un plan de negocio.
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
- La fecha límite termina el 30 de septiembre o hasta que se agote el presupuesto.
Beneficiarios
Los jóvenes de entre 18 y 29 años (ambos inclusive) que han iniciado una actividad como autónomos se registran en el Programa de Garantía Juvenil el día antes de su registro y tienen su dirección fiscal y, cuando corresponde, su lugar de trabajo en Cataluña.
Requisitos
La actividad debió haber comenzado entre el 23 de septiembre de 2025 y la fecha de presentación de la solicitud. El beneficiario debe permanecer registrado como autónomo durante un mínimo de 18 meses ininterrumpidos.
Acciones elegibles
La subvención subvenciona el inicio de una actividad económica o profesional como trabajador autónomo y el mantenimiento de la actividad y el registro en el correspondiente esquema de Seguridad Social o sociedad mutua durante 18 meses. Hay dos líneas: una para personas con domicilio fiscal en pequeños pueblos de Cataluña y otra para el resto del territorio catalán.
Cuantía de la subvención
La subvención puede alcanzar hasta 17.094 € por beneficiario.
Fecha límite para la presentación
Las solicitudes pueden presentarse desde las 9:00 a.m. del 28 de julio de 2026 hasta las 14:00 p.m. del 22 de septiembre de 2026.
Préstamos participativos destinados a financiar startups e pymes viables e innovadoras, tanto en la fase de creación como de crecimiento, que deseen impulsar el proyecto empresarial.
REQUISITOS
- Ser una pyme, según la definición de la Unión Europea.
- Tienen su propia personalidad jurídica, independiente de la de los socios o participantes.
- Ejercer la actividad principal y tener su sede social en España, así como aquellas otras oficinas registradas en la Unión Europea con interés en España, entendidas como que poseen una filial o centro de producción, investigación, servicio o desarrollo con sede social en España con un número significativo de empleados, poseedora de la tecnología o del desarrollo.
- Tener un modelo de negocio innovador, con claras ventajas competitivas.
- Tener una estructura financiera equilibrada y demostrar profesionalidad en la gestión.
- Para demostrar la viabilidad técnica y económica del proyecto empresarial.
- Presentar las cuentas del último ejercicio cerrado, que deberán depositarse en el Registro Mercantil o en otro registro público que pueda ser apropiado.
- En caso de que la empresa reciba un préstamo de Enisa, por un importe superior a 300.000 euros, deberá presentar, auditada externamente, los estados financieros del último año fiscal cerrado.
- Las empresas beneficiarias llevarán a cabo sus acciones conforme al principio de no causar daños significativos a los objetivos medioambientales, tal y como se establece en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 sobre el establecimiento de un marco para facilitar inversiones sostenibles y la modificación del Reglamento 8 (UE9).
- Se excluyen las empresas cuya actividad corresponde a los sectores inmobiliario y financiero y aquellas excluidas conforme al principio DNSH por el acrónimo » No Cause Significant Injury » o que no causen daños significativos a los objetivos medioambientales.
CONDICIONES
- Importe mínimo del préstamo: 25.000 €.
- Importe máximo del préstamo: 1.500.000 €.
- Cofinanciación de las necesidades financieras asociadas al proyecto empresarial.
- Los fondos propios deben ser al menos equivalentes al importe del préstamo.
- Para determinar la cantidad, se evaluará el capital propio y la estructura financiera de tu empresa, entre otros factores.
- El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
Primer tramo: Euribor + 4% o Euribor + 6%, dependiendo de la calificación de la operación.
– Segundo tramo: aplicamos un tipo de interés variable según la rentabilidad financiera de tu empresa, con un límite máximo establecido entre el 4,5% y el 6,5%, según la calificación de la operación. - Tarifa de arreglo: 0,5%.
- Maturidad: máximo, 7 años.
- Falta de director: máximo 5 años.
- Penalización por devolución anticipada: equivalente a la cantidad que el préstamo ha acumulado como segunda tranche de intereses si se ha devuelto dentro de los términos acordados y la segunda tranche de interés se ha liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses de la segunda trama acumulada hasta la fecha de devolución anticipada.
- Penalización anticipada por un cambio en la participación: En caso de un cambio en el control mayoritario de la empresa prestataria y/o una transferencia global de los activos de la empresa prestataria por cualquier valor, ENISA tiene la opción de declarar el vencimiento anticipado del préstamo. Si se ejerce esta opción, se establecerá una penalización por vencimiento anticipado, equivalente al importe que el préstamo ha acumulado como segunda tranche de intereses, si el préstamo se ha devuelto dentro de los términos acordados y la segunda tranche de intereses se ha liquidado al tipo máximo, deduciendo la segunda tranche de intereses acumulados hasta la fecha de vencimiento anticipado.
- El reembolso de intereses y capital es trimestral.
- No se requieren garantías.
OBLIGACIONES
La empresa beneficiaria de estas líneas de financiación, como receptora de la ayuda del Plan de Recuperación, Transformación de la ayuda – financiada por la Unión Europea, a través de los fondos Next Generation de la UE – se compromete a reconocer y garantizar la visibilidad de esta financiación durante toda la vida del préstamo, teniendo que utilizarla en todos los documentos, comunicaciones, sitios web y documentos similares. Resiliencia y la Unión Europea (Next Generation) . Asimismo, se compromete a mencionar expresamente, a lo largo de la vida del préstamo, la información corporativa de la empresa (página web, folletos, presentaciones institucionales, comunicados de prensa, etc.) que cuenta con financiación de Enisa (Ministerio de Industria y Turismo) incorporando el sello #clienteEnisa. En la fecha de firma de la política de financiación y antes de ella, debes mostrar una pantalla con la incorporación de los logotipos indicados arriba en la parte principal y visible de tu página web.
PLAZO
El proceso de solicitud está abierto durante todo el año.
La formalización de los préstamos debe completarse antes del 31 de agosto de 2026.
Llama con el objetivo de fomentar la contratación de personas desempleadas, especialmente de aquellas que pertenecen a grupos vulnerables.
BENEFICIARIOS
- Organizaciones sin ánimo de lucro, incluidas asociaciones y fundaciones
- Cooperativas de trabajadores
- Personas físicas o jurídicas privadas y comunidades de bienes con capacidad para firmar, como empresarios, un contrato de trabajo
- Sociedades de derecho público
REQUISITOS DE LOS GALARDONADOS
Para esta convocatoria, los destinatarios son:
- Desempleados de 45 años o más
- Mujeres desempleadas de 30 años o más en situaciones vulnerables
- Personas desempleadas de larga duración de 30 años o más
- Personas migrantes desempleadas de origen no comunitario de 30 años o más
A efectos de esta llamada, se considera que las mujeres en una situación de vulnerabilidad cumplen uno o más de los siguientes requisitos:
- Mujeres beneficiarias de la renta garantizada de la ciudadanía
- Mujeres en situaciones de violencia de género
- Mujeres que sean madres de familias monoparentales
- Mujeres con discapacidad legalmente reconocida
- Mujeres desempleadas que no reciben prestaciones por desempleo
Se entiende que una persona desempleada de larga duración es una persona que ha estado desempleada un mínimo de 12 meses, ya sea de forma continua o no, durante los últimos 18 meses previos al contrato de trabajo objeto de la solicitud. En caso de que este periodo mínimo no pueda acreditarse registrándose como candidato a empleo, también pueden considerarse en este cálculo periodos en los que la persona no haya estado registrada en la Seguridad Social en el esquema general o en cualquiera de los esquemas especiales. No se tendrán en cuenta los periodos de registro para el trabajo y las prestaciones en beneficio de la comunidad en este cálculo.
Los beneficiarios deben estar registrados en la correspondiente Oficina de Empleo del Servicio Público de Empleo de Cataluña como desempleados, ya sea registrados o suspendidos, y deben tener la capacidad de formalizar un contrato de trabajo en el momento de la firma.
Los beneficiarios no pueden haber sido contratados por la misma persona o entidad solicitante en los 12 meses previos al contrato para el que se solicita la subvención.
CUANTÍA
La subvención consiste en un módulo económico mensual, dependiendo de los grupos de contribución:
- Grupos 3 – 7: 2.034,07 euros
- Grupos 8 – 11: 1.600,17 euros
CARACTERÍSTICAS
- La modalidad de contrato indefinido es elegible conforme a la normativa laboral vigente.
- Los contratos deben celebrarse a tiempo completo y tener el centro de trabajo ubicado en Cataluña.
- Los contratos firmados a tiempo parcial o los contratos permanentes intermitentes no serán elegibles. Una reducción en las horas de trabajo para el cuidado de niños o familiares dependientes prevista en el Estatuto de los Trabajadores no se considera un contrato a tiempo parcial, siempre que el contrato se haya celebrado a tiempo completo.
- Los contratos elegibles deben firmarse en las categorías profesionales 3 a 11.
- El periodo de elegibilidad se determina según la fecha de suscripción del contrato y la fecha de finalización del programa, y comprende un periodo de contratación subvencionada de 12 meses, así como un periodo posterior de 12 meses en el contrato.
- Los contratos deben firmarse desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria hasta el 1 de octubre de 2026.
- Se establece un número máximo de 10 contratos elegibles por persona o entidad beneficiaria y no serán elegibles sustituciones.
PLAZO
El periodo de solicitud es de 9:00 a.m. el 9 de septiembre de 2025 a 15:00 p.m. el 1 de octubre de 2026.
Apoyo a proyectos aplicados, muy cerca del mercado, con riesgo tecnológico medio/bajo y periodos cortos de recuperación de inversión, que logran mejorar la competitividad de la empresa mediante la incorporación de tecnologías emergentes en el sector.
BENEFICIARIOS
- Las empresas que están válidamente constituidas tienen personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España y desarrollan proyectos de innovación en España.
- Las asociaciones y fundaciones siempre que realizen una actividad económica de forma regular y estén registradas en el IAE al menos 2 años antes de la fecha de solicitud.
- Efecto incentivo: Antes de comenzar a trabajar en el proyecto, el beneficiario debe haber presentado por escrito su solicitud de ayuda al CDTI.
TIPO DE PROYECTO
Los proyectos de innovación tecnológica incluyen los siguientes tipos de actividades:
- Incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados.
- Aplicación del diseño industrial y la ingeniería de productos y procesos para la mejora tecnológica de los mismos.
- Aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluyendo cambios significativos en técnicas, equipos y/o programas informáticos.
CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO
- Presupuesto mínimo elegible: 175.000 euros.
- Duración: de 9 a 24 meses.
TIPO Y CANTIDAD
Ayuda parcialmente reembolsable.
- Ayuda de hasta el 75% del presupuesto aprobado (hasta el 85% si se cofinancia con el DERDF).
Tramo no reembolsable (calculado con un máximo del 75% del presupuesto aprobado):
- Fondos CDTI: 7%
- Fondos Europeos: 10%
Tipo de interés fijo con dos opciones según el periodo de reembolso elegido:
- Reembolso a 5 años: Euribor a un año +0,50%.
- Reembolso a 7 años: Euribor a un año +1%.
Primer reembolso de capital un año después de la finalización prevista del proyecto.
El CDTI puede requerir la constitución de garantías para el reembolso de la ayuda cuando el análisis económico y financiero de la empresa así lo requiera.
Cuando sea apropiado, el CDTI puede aplicar una reducción o exención a las garantías solicitadas.
Anticipo de hasta el 50% de la ayuda con un límite de 300.000 euros, sin necesidad de garantías adicionales a las condiciones financieras aprobadas por el Consejo de Administración, y hasta el 75% con garantías consideradas suficientes por el CDTI para la diferencia.
La empresa debe aportar al menos el 15% del presupuesto del proyecto con recursos propios o financiación externa.
Ayuda sujeta al régimen de minimis.
GASTOS SUBVENCIONABLES
- La adquisición de nuevos activos fijos representa un importante salto tecnológico para la empresa que lleva a cabo el proyecto.
- Costes de personal.
- Materiales y consumibles.
- Contratación de servicios externos y subcontratación.
- Gastos generales. El límite de gastos generales suplementarios no puede superar el 25% de los costes de personal ni el 20% de los costes directos de cada operación.
- Costes de auditoría del proyecto.
- Gastos derivados de la obtención de un informe de evaluación que cumpla con el principio de no causar daños significativos al medio ambiente (DNSH).
FECHA LÍMITE DE SOLICITUD APLICACIÓN
La presentación de proyectos puede realizarse de forma continua, ya que la convocatoria está abierta de forma permanente.
Las subvenciones anunciadas por el CDTI para proyectos de I+D tienen como objetivo promover la actividad de investigación y desarrollo empresarial aplicada, orientada a la creación o mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio que incorpore un aspecto tecnológico diferencial respecto a las tecnologías existentes en el mercado.
BENEFICIARIOS
- Empresas constituidas en España, con personalidad jurídica independiente y domicilio fiscal en el país, desarrollan el proyecto en el territorio nacional.
- En las modalidades de cooperación nacional: consorcios de empresas (mínimo dos, máximo seis), donde al menos una es una pyme y las empresas son autónomas entre sí.
TIPO DE PROYECTO
- Proyectos individuales de I+D: proyectos nacionales presentados por una sola empresa.
- Proyectos de Cooperación Nacional en Investigación + Desarrollo: proyectos nacionales presentados por un consorcio de un mínimo de dos y un máximo de seis empresas, una debe ser pyme, y al menos dos autónomas entre sí. Cada consorcio identificará la empresa que actuará como «coordinadora del proyecto».
- Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Internacional presentados por empresas españolas que participan en programas de cooperación tecnológica internacional gestionados por el CDTI
- Programas multilaterales EUREKA, IBEROEKA y COSINA.
- Programas bilaterales establecidos por el CDTI con instituciones y agencias de financiación en otros países bajo acuerdos bilaterales.
- Programa de proyectos internacionales con certificación y supervisión unilateral por parte del CDTI.
- Proyectos de I+D de la Cooperación Tecnológica Europea, relacionados con el fortalecimiento de la capacidad tecnológica de las empresas españolas para participar en las siguientes iniciativas y proyectos:
- Proyectos importantes de interés europeo común (ICIP). Destinado a facilitar la participación de empresas españolas en iniciativas de gran importancia cuantitativa o cualitativa de la UE, en las que participan varios Estados miembros.
- Proyectos de la Asociación Institucional IHI (Iniciativa Innovadora en Salud).
- Proyectos derivados de las Alianzas Horizon Europe.
- Proyectos de I+D para la Formación Tecnológica para participar en licitaciones internacionales o nacionales, relacionados con el fortalecimiento de la capacidad tecnológica de empresas españolas para participar en licitaciones de proyectos y programas gestionados por organizaciones internacionales en las que el CDTI tenga representación española o con las que el CDTI tenga acuerdos de cooperación, así como la formación tecnológica para participar en las licitaciones de las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (TIC):
- Grandes instalaciones científicas y tecnológicas
- Instalaciones Científicas y Técnicas Únicas (ICTS) incluidas en el Mapa de Infraestructuras Científicas y Técnicas Únicas (ICTS) vigentes.
- Proyectos de I+D para el desarrollo de tecnologías duales relacionadas con la formación tecnológica de empresas españolas para licitar en el ámbito de la defensa y la seguridad.
- Proyectos Orientados de I+D (PO): proyectos individuales de R+D, presentados a nivel nacional por una sola empresa. Durante 2024, estos proyectos estarán orientados hacia desarrollos de I+D:
- Eso mejora sustancialmente la eficiencia y sostenibilidad de los sistemas para la producción, uso y almacenamiento de energías renovables e hidrógeno verde en porcentajes significativos.
- Relacionado con la prevención y extinción de incendios.
- Relacionado con tecnologías orientadas al desarrollo de microprocesadores de vanguardia y arquitecturas alternativas, fotónica integrada y chips cuánticos.
- Proyectos de R+D en convocatorias específicas: proyectos de R+D que se presenten dentro del marco de una convocatoria concreta publicada por el CDTI y que tendrán las características establecidas en dicha convocatoria.
CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO
- Duración: Los proyectos tendrán una duración de 12 a 36 meses, con la excepción de los proyectos de R+D de Cooperación Nacional, que tendrán una duración de 12 a 48 meses, sin perjuicio de la aprobación de posibles prórrogas de ejecución.
- Presupuesto mínimo elegible: 175.000 euros.
- Efecto incentivo: Antes de comenzar a trabajar en el proyecto, el beneficiario debe haber presentado por escrito su solicitud de ayuda al CDTI.
TIPO Y CANTIDAD
Subvención parcialmente reembolsable.
- Tipo de interés fijo: Euríbor a 1 año.
- Ayuda de hasta el 85% del presupuesto aprobado.
- La empresa debe contribuir al menos con el 15% del presupuesto del proyecto con recursos propios.
- Anticipo de hasta el 50% de la ayuda con un límite de 300.000 euros, sin necesidad de garantías adicionales.
- Tramo no reembolsable de entre el 10% y el 33% de la ayuda.
- Retorno: 10 o 15 años, incluyendo ausencias entre 2 y 3 años.
- El CDTI puede requerir la constitución de garantías para el reembolso de la ayuda cuando el análisis económico y financiero de la empresa así lo indique.
- Cuando sea apropiado, el CDTI puede aplicar una reducción o exención a las garantías solicitadas.
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Gastos de personal (investigadores, técnicos y otro personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto de investigación). Se pueden cobrar gastos al proyecto tanto para el personal con contrato laboral como para los autónomos que son miembros de la empresa.
- Costes de instrumentos y materiales, en la medida y durante el periodo en que se utilizan para el proyecto de investigación. En caso de que los instrumentos y materiales no se utilicen durante toda la vida útil del proyecto, solo se considerarán elegibles los costes de depreciación correspondientes a la duración del proyecto, calculados según las buenas prácticas contables7.
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos o licenciados de fuentes externas a precios de mercado, y los costes de consultoría y servicios equivalentes asignados exclusivamente al proyecto8. Sin embargo, se excluyen los costes de consultoría asociados a la solicitud del proyecto.
- Gastos adicionales derivados directamente del proyecto de investigación.
- Otros gastos operativos, incluidos los costes de materiales, suministros y productos similares, que surgen directamente del proyecto.
- Auditoría de gastos.
- Gastos derivados de la obtención de un informe de evaluación que cumpla con el principio de no causar daños significativos al medio ambiente (DNSH).
Subcontratación:
Las colaboraciones externas pueden no superar el 65% del presupuesto elegible en general, y pueden alcanzar hasta el 80% para el sector biofarmacéutico debido al alto coste de los ensayos de este tipo de producto.
FECHA LÍMITE DE SOLICITUD APLICACIÓN
La presentación de proyectos puede realizarse de forma continua, ya que la convocatoria está abierta de forma permanente.
Actualizado el 08/03/2026

