La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado una guía que orienta sobre el uso correcto de los datos biométricos, como las huellas digitales o el reconocimiento facial, en el control de presencia tanto dentro como fuera del entorno laboral.

Te explicamos lo que ha pasado, las afectaciones que puede tener y algunas soluciones:

  • Contexto: En 2019 se publicó el Real decreto que obligaba a las empresas a llevar un registro horario de sus trabajadores. Desde entonces, muchas empresas han utilizado sistemas de reconocimiento de huella digital para realizar este registro, ya que hasta ahora el Tribunal Supremo ha considerado que estas tecnologías no eran excesivas para controlar el horario de los trabajadores.
  • ¿Que dice la guía? La guía indica que los sistemas biométricos representan un alto riesgo por la privacidad y, en general, su uso se considera prohibido salvo casos muy específicos.
    • Sensibilidad de los Datos Biométricos: La guía recuerda que los datos biométricos son especialmente sensibles y pueden afectar a la privacidad y a los derechos fundamentales de las personas.
    • Condiciones para el uso de Datos Biométricos: La AEPD establece que el uso de estos datos debe pasar por una evaluación minuciosa para asegurarse de que sea realmente necesario y proporcionado. Además, explica que el consentimiento de los empleados no siempre es una base legítima para la recogida de estos datos, sobre todo si hay un desequilibrio de poder como en la relación empresa-empleado.
    • ¿Qué hacemos con los datos que tenemos registrados hasta ahora? La AEPD aconseja precaución con las decisiones automatizadas basadas en estos datos y recomienda eliminarlos cuando ya no sean necesarias para el objetivo para el que fueron recogidos.
  • Riesgos: Las empresas deben ser conscientes de los riesgos de continuar utilizando estos sistemas sin adaptarse a las nuevas normas. No hay un periodo de gracia; el riesgo de sanciones es inmediato.
  • Algunas alternativas al control por huella o reconocimiento facial:
    • Tarjetas magnéticas
    • Mediante un pin o código personal
    • Sistemas basados en aplicaciones moviles
  • Consecuencias para las empresas proveedoras de estos servicios: Las empresas que utilizan o proveen esta tecnología se encuentran ante un gran desafío. Justificar su necesidad se hace complicado, y la alternativa sería modificar el marco jurídico o aceptar que estos sistemas son ilegales.

Esta nueva situación exige una reflexión profunda y posiblemente cambios significativos en la manera en que las empresas controlan la asistencia de sus trabajadores.