Si te has comprado un coche y te has beneficiado de un Plan Pive, ¡ves muy en cuenta a la hora de hacer la declaración de Renta! Mucha gente no lo sabe, pero esta ‘ayuda’ debe añadirse en el cómputo general de ingresos del año en el que has comprado el vehículo. Sino lo haces, te expones a una paralela, y por tanto, a la pertinente multa.

En Gestingral nos encontramos cada año con sanciones por este motivo. Aparte del comprensible desconocimiento general, otro handicap es que estas ayudas, incomprensiblemente, no acostumbran a aparecer entre los datos fiscales que envía Hacienda (borrador). Todo ello hace que los errores en esta materia sean habituales.

Por ello, nuestro consejo es claro: para evitar sorpresas, os recomendamos que si os beneficiáis de un Plan Pive guardéis todos los documentos en una carpeta y los llevaréis directamente a vuestro asesor en la próxima campaña de la Renta. Hacienda, en las últimas campañas, está poniendo mucho el foco en estas ‘ayudas’ y no deja pasar ni una. No os la juguéis. Más vale prevenir que curar.

Si tenéis dudas, si os gusta contacte con Gestingral