Inicialmente, la cuantía se calcula igual que el paro completo:

La cuantía de la prestación de paro se calcula a partir de la base reguladora del trabajador. Se tendrán en cuenta las bases de cotización por las cuales las empresas hayan cotizado a la Seguridad Social para el trabajador durante los 180 días precedentes a la situación de paro.

El importe a percibir será el 70% de la base reguladora total los primeros 180 días, y después el 50%.

Si compatibilizamos el paro:

La cuantía que se percibirá será la parte correspondiente al porcentaje de jornada por la cual se está al paro respecto al importe que se recibiría por el paro completo.

Por ejemplo:

Josep está al paro y consigue un trabajo de 20 horas semanales (50% de la jornada laboral), y compatibiliza este trabajo con el paro. Si su prestación al paro completo era de 28,83€/día, ahora será de 14,41€/día, la mitad.

En cambio la Anna, tenía dos trabajos, el trabajo A era de un 20% de la jornada y el trabajo B era de un 80%. Lo han echado del trabajo A y por tanto, cobrará el 20% de la prestación de paro completo.