Desde mediados de octubre todas las personas que estén desempleadas pueden darse de alta de autónomo y cobrar simultáneamente del paro durante un máximo de nueve meses. Hasta ahora esta posibilidad estaba limitada a las personas hasta 30 años, pero desde el 10 de octubre, cuando entró en vigor la reforma de la ley, la medida se ha hecho universal para todas las edades.

Además, la nueva ley también amplía el plazo máximo de suspensión de la prestación en caso de darse de alta de autónomo. Hasta mediados del mes pasado, el plazo máximo era de 24 meses. Esto quería decir que si una persona decidía sacar adelante un negocio tenía un límite máximo de dos años para reiniciar el paro en caso de que su proyecto no funcionara. Ahora, en cambio, este plazo se amplía hasta los cinco años para todas las edades.

Esta modificación es muy relevante, ya que hasta ahora, muchos emprendedores, ante la posibilidad de perder su prestación por desempleo, se veían emitidos a «capitalizarlo», explica Mari Carmen Grillo, responsable del departamento de laboral de Gestingral, que se muestra «muy satisfecha» de las nuevas ayudas a los autónomos.

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Cambios importantes también en las bonificaciones

En otro capítulo donde también hay novedades sustanciales es que lo hace referencia a las bonificaciones. La más importante es que, por primera vez, el trabajador autónomo que contrate trabajadores ya no perderá ninguna de las bonificaciones de las que disfrutan los emprendedores. Estas bonificaciones se las pueden aplicar las personas que hace más de cinco años que se dieron de baja como autónomos o que sencillamente no han trabajado nunca por cuenta propia. Son las siguientes:

-Durante los seis primeros meses de alta de autónomo, una cuota fija de 50 euros al mes-Entre
el sexto y el duodécimo mes, una cuota fija de 125 euros al mes-Entre
el duodécimo y el decimoctavo mes, una cuota fija de 180 euros al mes.
Además, en caso el caso de hombres menores de 30 años, y de mujeres menores de 35, hay posibilidad de prorrogar durante 12 meses más esta última cuota fija de 180 euros al mes.

En el caso de personas dadas de alta como autónomas con discapacidad, la bonificación se amplía hasta los 5 años; durante los primeros doce meses pueden disfrutar de la tarifa plana de 50 euros y, los cuatro años posteriores, se les mantiene una cuota de 125 euros al mes.

En cuanto a los autónomos familiares (familiares de hasta segundo grado que colabore en el negocio), las bonificaciones se amplían de los 12 a los 18 meses.