El Código Penal reconoce actualmente la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Resumiendo, esta nueva figura del ordenamiento jurídico determina que si una empresa comete un delito que la pueda beneficiar, ésta sea responsable penalmente y desde luego también el administrador, aunque éste no sepa nada. En definitiva: la empresa y el administrador pueden ser condenados por vía penal por un delito cometido, por ejemplo, por un trabajador.

El compliance penal es un plan de prevención de delitos que una vez implementado en una empresa permite acreditar el compromiso de la misma con el cumplimiento de las leyes penales y evitar además cualquier posible responsabilidad penal de la persona jurídica.

Ante la posibilidad de comisión delictual por parte de persona jurídica –como el ejemplo del primer párrafo- y las duras penas que prevé la ley (disolución de la empresa, suspensión de actividades y multas astronómicas), los planes de compliance penal son hoy en día totalmente necesarios para las empresas, no sólo para blindar legalmente la organización, si no también porque se entiende que las empresas que se someten a estos programas de prevención apuestan por las buenas prácticas y la ética, un valor añadido de cara a clientes y la sociedad en general.

Toda esta información se detallará de forma precisa en la jornada gratuita del 17 de junio. Rafael Martínez -en la imagen inferior- de Zenit Abogados , despacho asociado con Gestingral, hará una presentación sobre los planes de compliance penal.

rmartinez