• Siempre que se cumpla cualquier de los siguientes requisitos:
    • La facturación sea igual o superior al salario mínimo interprofesional (SMI), es decir, 965€.
    • Haya habitualidad en la actividad, es decir, siempre que la actividad se produzca en los mismos márgenes temporales (por ejemplo, cuando se emite una factura una vez al mes o cada dos meses).
    • Haya un establecimiento abierto al público.