COVID-19: Nuevas restricciones en la hostelería y restauración y de consumo de tabaco.

Según el acuerdo del gobierno español y las diferentes Comunidades autónomas anunciado la semana pasada, se aplican una serie de nuevas restricciones para el sector de la hostelería y restauración, que se han publicado en el día de hoy en el DOGC. Concretamente, a partir del martes 18 de agosto de 2020 (incluido):

  • Horarios:
    • Hora máxima de cierre: 01:00h.
    • Hora máxima de admisión de nuevos clientes: 00:00h.
  • Distancia:
    • Separación de 1,5 metros entre mesas.
    • Separación de 1,5 metros entre comensales en el servicio de barra.
  • Cantidad de comensales:
    • Máximo 10 personas en una misma mesa.

Por otro lado, también se aprueba una nueva restricción referente al consumo de tabaco y asimilados:

  • Tabaco y asimilados (cachimbas, pipas de agua, etc.):
    • Prohibición de fumar en la calle y espacios al aire libre cuando no se pueda garantizar una distancia mínima de 2 metros.

Por último, cabe considerar dos factores más:

  • Aunque se havia anunciado el cierre del ocio nocturno y de bares de copas, la presente Resolución publicada en el DOGC no prevee dicha restricción (que ya estaban cerrados desde el pasado 7 de agosto y por un periodo de 15 días).
  • Aunque no es de obligado cumplimiento, se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que se limiten a una máximo de 10 personas.

En caso de tener dudas al respecto de la aplicación de estas medidas, puede ponerse en contacto con nosotros a través del correo electrónico info@gestingral.com o el teléfono 93 814 16 87.