El Gobierno ha aprobado una nueva regulación de la jubilación flexible que entrará en vigor el próximo 28 de agosto de 2026. Esta reforma facilita que determinados pensionistas puedan volver a trabajar y compatibilizar una parte de su pensión con los ingresos de la actividad laboral. Te explicamos de manera clara qué implica esta novedad:
¿Cómo funcionaba hasta ahora?
La jubilación flexible permitía que una persona ya jubilada se reincorporara al mercado laboral mediante un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, cobrando simultáneamente una parte de la pensión de jubilación.
Sin embargo, solo era posible para trabajadores asalariados y la jornada compatible debía situarse entre el 25% y el 75% de la jornada ordinaria.
¿Qué cambia con la nueva regulación?
La nueva regulación introduce cambios importantes en la jubilación flexible, pero no todos se aplican de la misma manera a los autónomos y a los trabajadores por cuenta ajena.
- Trabajadores autónomos
La principal novedad es que la jubilación flexible se abre también a los trabajadores autónomos.
Esto permitirá que una persona jubilada pueda retomar una actividad por cuenta propia y compatibilizarla con una parte de su pensión.
Ahora bien, hay que tener en cuenta dos aspectos importantes:
- Con carácter general,la pensión compatible será del 25% de la pensión de jubilación reconocida.
- Para acceder, la persona pensionista no debe haber sido dada de alta como autónoma durante los tres años inmediatamente anteriores a la jubilación.
- Trabajadores por cuenta ajena
En el caso de los trabajadores asalariados, la reforma también introduce novedades:
- A partir del 28 de agosto se podrá trabajar entre un 33% y un 80%.
- En determinados casos, si la persona se reincorpora a la actividad laboral después de haber sido jubilada durante al menos seis meses, la parte de pensión compatible con el trabajo se podrá incrementar entre un 15% y un 25%.

