Una de las modificaciones del Real Decreto-ley 29/2026 que ha pasado más desapercibida afecta directamente a los albañiles y profesionales de la reforma que hasta ahora aplicaban el IVA reducido del 10% en obras de viviendas, pero cobraban en efectivo. Te lo explicamos a continuación:

¿Qué cambia?

Cobro en efectivo

21%

La obra pierde el tipo reducido y tributa al tipo general

Transferencia, ingreso bancario, tarjeta o cheque

10%

Se mantiene el IVA reducido si se cumplen los requisitos

Ejemplo práctico

Para una obra de reparación de una vivienda con una base imponible de 3.000 €:

Forma de cobro Base imponible IVA Total a pagar
Transferencia o ingreso bancario 3.000 € 300 € (10%) 3.300 €
Efectivo 3.000 € 630 € (21%) 3.630 €
Cobrar en efectivo le cuesta 330 € más al cliente.

Requisitos para aplicar el IVA del 10%

Además, el tipo reducido se amplía a las obras de renovación y reparación de viviendas destinadas al arrendamiento habitual, cualquiera que sea la condición del arrendador. Para aplicarlo, deben cumplirse estos requisitos:

Este último requisito es la gran novedad y también se aplica a las obras de viviendas de uso particular.

¿A quién afecta?

Nuestro consejo

A partir del 1 de diciembre, evita cobrar en efectivo estas obras si quieres mantener el IVA del 10%, y guarda el justificante bancario de cada cobro.

Si tienes dudas sobre cómo te afecta este cambio, contacta con nosotros y te asesoraremos.