Desde el 1 de julio es obligatorio inscribir en un registro único y estatal todos los alquileres de corta duración. Os explicamos por qué será necesario formar parte de este registro y cómo funciona:
¿A quién afecta?
La medida es obligatoria para todos los alojamientos de uso turístico, los de temporada y de habitaciones e, incluso las embarcaciones que se utilizan con este fin.
¿En qué consiste?
Cualquier alquiler de una vivienda de corta duración deberá registrarse y deberá obtenerse un número de identificación sin el cual no se podrá publicitar en las plataformas (Booking, Airbnb, Expedia, Vrbo, etc.).
¿Hay excepciones?
- El registro no afecta a hoteles ni alojamientos similares, como aparthoteles, albergues, campings o casas de turismo rural que ofrecen servicios adicionales a la simple estancia.
- Los alquileres de temporada (superiores a un mes), como por ejemplo el alquiler de habitaciones por estudiantes o por trabajos temporales.
¿Hay que renovar el número de identificación cada año?
No, pero habrá que presentar un modelo informativo de forma anual.

